Las patentes de invención son uno de los mecanismos de protección de las creaciones humanas y apuntan a reconocer invenciones o tecnologías que solucionan comúnmente aspectos técnicos materializados en productos, artefactos o procesos.
Las patentes se aprueban mediante un exhaustivo trámite. En el caso de Colombia, es la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quien revisa que se cumplan requisitos como la novedad, la altura inventiva y la aplicación industrial.
¿Para qué sirve patentar?
Una patente es particularmente útil en los casos en que es deseable o inevitable que el invento sea conocido; esto se denomina protección de caja transparente: se dejan ver todos los detalles de la creación, pero, a cambio, se obtiene el derecho de exclusividad, que quiere decir que, aunque sea pública la información, no se puede comercializar sin la autorización de quien posee
la patente en ese territorio. Por esa razón son un mecanismo de transferencia muy importante para las Universidades.
Rubiela Pacanchique, directora de Propiedad Intelectual de la OTRI N-LACE, explica que “las patentes tienen grandes beneficios: dan cuenta de las instituciones que invierten en innovación, a la vez que se ve reflejado en sus indicadores, son un respaldo sólido de los negocios de transferencia de tecnología y, finalmente, incrementan el conocimiento de la humanidad”.
¿De qué se trata la propiedad intelectual?
La propiedad intelectual es un área del derecho que busca proteger las creaciones intelectuales como la información o el conocimiento como tal. Para las universidades o centros de investigación, esto es muy importante, pues permite no solo resarcir los esfuerzos empleados en investigar, sino que también abre las posibilidades de generar una transferencia de los conocimientos y tecnologías para que impacten a la sociedad.
Al respecto, Pacanchique, agrega que la protección del conocimiento “es un sistema en que confluyen dos intereses que se buscan equilibrar: el del titular creador, que en este caso es la Universidad con sus inventores, y el de la sociedad que espera verse beneficiada con esa invención para su desarrollo y el de la tecnología y la innovación”.
Existen, a grandes rasgos, dos categorías de propiedad intelectual: el primero son los derechos de autor que cubren creaciones como artículos científicos, software y obras, los cuales gozan de protección desde el momento de la creación. Por otra parte, está la propiedad industrial que, para hacerse efectiva, sí demanda un trámite ante la entidad competente que revisa si la propuesta es sujeto de ser protegida bajo esta figura.
industrial, y su característica central es que genera un monopolio con derechos exclusivos y excluyentes sobre la creación. Este grupo en particular corresponde a las patentes.
Si bien patentar y, en general, los mecanismos de protección del conocimiento generan múltiples beneficios para las universidades, Sandro Villamil Martha, director general de OTRI NLACE reconoce que se debe trabajar más en la transferencia de las tecnologías que se desarrollan en las IES hacia la industria, y en ese sentido la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación tiene como objetivo generar espacios y enlaces para que la oferta de los resultados de investigación, sean adquiridos por las empresas y organizaciones y se conviertan en productos rentables, transformando ideas en negocios de ciencia y tecnología.
Ya está abierta la quinta cohorte de la convocatoria “Crearlo no es suficiente”
Esta iniciativa del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación en convenio con la Corporación Tecnnova UEE, en representación de JOINN – Red Colombiana de OTRI, espera también, dinamizar el interés de los diferentes actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTeI), permitiendo el acceso a los recursos dispuestos para financiar los procesos
de protección de invenciones, que promuevan el fortalecimiento económico del tejido empresarial del país.
Esta convocatoria, que llega a su quinta cohorte, cuenta con un presupuesto de $4.511millones para apoyar la redacción y radicación de más de 400 nuevas patentes. Las invenciones inscritas hasta el 4 de marzo de 2022 y que sean seleccionadas; serán beneficiarias del acompañamiento en Protección Nacional de Patentes, es decir, presentación de la solicitud de patente nacional ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
En el marco de la presente convocatoria, cada postulante podrá presentar un número ilimitado de invenciones. Las tecnologías seleccionadas recibirán máximo $10 millones para el financiamiento de:
Alistamiento: búsqueda tecnológica (nacional e internacional), análisis del estado de la técnica, análisis de viabilidad jurídica y redacción del documento de patente.
Pago de tasas y presentación de la solicitud de patente ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Respuesta a requerimiento de forma durante el plazo legalmente establecido por la Superintendencia de Industria y Comercio, si aplica.
Para mayor información e inscripción, ingrese a: lnkd.in/dXfHGZE
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